La custodia compartida es un derecho estipulado de manera explícita en el artículo 92 del Código Civil español, en donde se especifica a los padres de familia que al ocurrir un divorcio, separación o anulación de matrimonio, sus deberes y obligaciones con sus hijos no quedan absueltos.
Los recursos utilizados por el estado para garantizar el bienestar de los menores de edad son el régimen de custodia y la patria potestad.
¿Qué es la custodia compartida?
Es un tipo de régimen de custodia que se caracteriza por otorgar a ambos padres al ocurrir una separación los mismos deberes y derechos con sus hijos.
Esto quiere decir que los menores de edad convivirán con ambos padres, pero en viviendas separadas, rotándose y turnándose de manera continua según lo estipulado por un juez en un previo acuerdo.
Si bien no es la clase de custodia más común en la actualidad, estudios han comprobado que es la que genera menores impactos en los niños, especialmente si los padres optan por el método de casa nido y son ellos los que se mudan a una casa familiar que es fija para el menor de edad.
Los padres juegan un papel fundamental en la custodia compartida, puesto que ellos deben llegar a un mutuo acuerdo para que esta pueda tener éxito y estipular los periodos de tiempo que pasarán cada uno con el niño.
Diferencias entre guarda y custodia compartida y patria potestad
Aunque parezcan dos términos similares no lo son y el Código Civil español los define a cada uno como distintos.
Primero, la patria potestad es un instrumento que abarca todos los derechos y deberes de un padre con su progenitor, donde entran: ser su representante legal, administrar de manera eficaz sus bienes, otorgarles su compañía, alimentación, educación y seguridad.
Por otra parte el régimen de custodia es el que define las formas y procedimientos acerca de cómo se va a llevar a cabo la crianza del niño, es decir su educación, cuidado y acompañamiento.
Una de las principales diferencias entre ambos términos es que la patria potestad de un menor pueden tenerla ambos padres luego de un divorcio, pero el régimen de custodia si no es compartida sólo puede ser otorgado a uno de ellos, por lo general es a la madre.
El régimen de custodia abarca menos funciones que la patria potestad, por lo que podemos decir que es una extensión de la misma que se enfoca principalmente en la forma que se va a salvaguardar el niño hasta que cumpla su mayoría de edad o logre una emancipación.
Requisitos de la custodia compartida
Para que un juez vea con buenos ojos el establecimiento de un régimen de custodia compartida por ambos padres luego de una separación, estos deben reunir con ciertos criterios mínimos que le permitan conceder esta clase excepcional de custodia.
Cabe destacar que cada juez cuenta con su propio criterio para elegir si cree conveniente o no otorgar una custodia compartida. Sin embargo hay ciertos factores que si los cumplimos podemos inclinar un poco la balanza a nuestro lado como lo son:
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Aptitud de los padres: la manera en la que nos comportamos durante el proceso judicial y lo que reflejamos con nuestra forma de expresarnos y gestos suele influir mucho en la obtención de una custodia compartida.
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Mantener buenas relaciones: si no hay indicios de violencia doméstica, peleas entre padres y mientras mantengamos un trato cordial entre ambas partes, esto siempre será un punto a nuestro favor.
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Entorno adecuado: contar con una vivienda propia, sin terceros en el hogar, que la casa permanezca limpia, libre de peligros, condiciones insalubres, armas de fuego y en vecindarios tranquilos.
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Número de hijos: esto puede ser determinante a la hora de adquirir una custodia compartida, especialmente en las madres, ya que si estas poseen una cantidad alta de niños en casa un juez puede ver que no cuenta con el tiempo suficiente para prestarle atención al menor en cuestión.
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Deseo de los niños: si bien los niños no se consideran tener una conciencia plena hasta que cumplen la mayoría de edad, de acuerdo a las leyes estos deben ser escuchados y tomados en cuenta a la hora de tomar decisiones respecto a su custodia.
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Horario laboral: para que puedan lograr una custodia compartida ambos padres deben tener trabajos que les permitan pasar tiempo con el o los niños involucrados en el proceso, esto quiere decir que no tengan viajes frecuentes o ausencias prolongadas en los períodos que tengan la custodia efectiva.
Tipos de custodia compartida
Las custodias compartidas se pueden clasificar en dos clases de acuerdo al período que pasen en cada hogar de cada padre o al sitio donde resida, como por ejemplo:
Según el domicilio o el tiempo
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Custodia compartida según el domicilio donde vivan los hijos: de acuerdo al sitio donde residen los menores de edad, este tipo es definido por el lugar elegido por ambos padres.
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Custodia compartida con domicilio fijo de los hijos: en esta clase el niño reside en una vivienda única y los que se rotan o comparten alojamiento son los padres.
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Custodia compartida con domicilio rotatorio de los hijos: aquí los menores de edad irán alternando las casas de sus padres en base al tiempo estipulado en el acuerdo previo de custodia.
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Custodia compartida coexistente: es un caso especial en donde ambos padres luego de la separación siguen conviviendo con los niños en el mismo domicilio, avalado por el juez.
Custodia compartida según el tiempo de permanencia
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Custodia compartida por igual periodo de permanencia: aquí se fijan tiempos de acuerdo a días, semanas, meses o años en los cuales el niño pasará un tiempo por igual en cada casa de sus padres.
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Custodia compartida con diferente periodo de permanencia: ocurre más que nada cuando uno de los padres posee compromisos laborales o de otra índole que no le permiten pasar mucho tiempo con el niño, se elige esta custodia dándole menor número de días junto al niño.
¿Cómo pedir y cuándo se solicita la custodia compartida?
Deben existir ciertas condiciones para que podamos solicitar ante las autoridades la custodia compartida de uno o varios de nuestros hijos, lo idóneo sería cuando ocurran los siguientes escenarios:
El proceso de separación/divorcio
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Por acuerdo entre progenitores: cuando se hace efectiva la separación o el divorcio de un matrimonio, los padres tienen la opción si llegan a un acuerdo de elegir una custodia compartida para sus hijos.
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Por decisión del juez: muchas veces al no llegar a un acuerdo entre los padres y si el juez lo considera conveniente, escoge la custodia compartida del o los niños hasta que alcancen su mayoría de edad.
Con posterioridad a la sentencia de separación
El proceso de divorcio en casos específicos suele ser muy largo y con muchas trabas burocráticas, es allí cuando se da la sentencia de separación que aunque no es definitiva, sirve como documento para empezar un proceso de custodia compartida.
De esta manera los niños no quedan en el limbo esperando a que se haga efectivo el trámite de divorcio y los padres pueden empezar a planificar la forma en la que criarán a sus hijos con la custodia compartida.
Cuál es el convenio regulador de la custodia compartida
Los padres deben solicitar al convenio regulador o al juez de su caso de divorcio si desean hacer uso de la custodia compartida para criar a sus hijos, durante y después del proceso de separación.
A partir de esto el juez hace de mediador y de jurado para poder decidir los criterios de la crianza, bien sea una patria potestad para ambos padres o una custodia compartida si el caso lo amerita y cree que sea lo más conveniente para el niño.
El juez es el encargado de hacer valer las medidas en cuanto a la estancia de los menores, cuidado, régimen de visitas y de comunicación con uno de los padres aún y cuando este no tenga la patria potestad.
Cuando los padres no pueden llegar a un acuerdo de custodia compartida durante el procedimiento de divorcio, le toca al juez del caso dictaminar lo que considere mejor para el menor de edad, de acuerdo a las informaciones que tenga del caso.
El empadronamiento de menores de edad debemos realizarlo en las oficinas del ayuntamiento de nuestra zona de residencia, para ello debemos llevar toda la documentación perteneciente al niño y que este cumpla con los requisitos como: el certificado de nacimiento y el libro de familia.
En el caso de procedimientos de adopciones en España, estos siempre deben pasar por manos de un juez o tribunal para que estos puedan dar el aval a la solicitud de adopción o empadronamiento de un menor de edad.